Castilla y León ampliará la prohibición de prestar dinero a jugadores en los locales de juego

Andrea Montiel
Última actualización 31 de octubre de 2026, 18:24
  • Noticias de la Industria

El Gobierno de Castilla y León, formado por PP y Vox, ha incluido una reforma de la Ley del Juego en la Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas que acompaña a los presupuestos autonómicos de 2027. Entre los cambios figura la prohibición de que propietarios y trabajadores de los locales de apuestas presten dinero a los usuarios, según publicó elDiario.es el 28 de octubre de 2026.

La coalición que preside Alfonso Fernández Mañueco prevé aprobar las cuentas a finales de año. El texto modifica cinco apartados de la norma del juego y ha recibido críticas del Consejo Consultivo y del Consejo Económico y Social (CES) por la vía elegida para tramitarlo.

Castilla y León prohibirá prestar dinero a jugadores en locales de apuestas

La reforma amplía el veto a la financiación de jugadores

La prohibición no parte de cero. Desde la reforma de 2024, el artículo 22.8 de la Ley 4/1998 impide a las empresas titulares de autorizaciones conceder préstamos, créditos o cualquier otra financiación a los jugadores. El régimen sancionador vigente ya castiga como infracción muy grave los préstamos que hagan titulares o empleados en los lugares donde se juega.

El anteproyecto redacta de nuevo ese artículo para que el veto alcance de forma expresa a las empresas y a su personal, y añade la entrega de dinero en metálico a los jugadores. Las infracciones muy graves se amplían en el mismo sentido e incluyen préstamos, créditos, financiación económica y entrega de efectivo a jugadores o apostantes dentro de los locales.

Prestar servicios financieros o complementarios sin la autorización reglamentaria exigida también podrá constituir una infracción muy grave.

Horarios mínimos, cajeros y asistencia financiera

La reforma toca otros aspectos del funcionamiento de los locales. Los establecimientos específicos de juego y apuestas deberán garantizar un mínimo de ocho horas diarias de apertura al público, sin que se fije una hora común de apertura o cierre.

Los cajeros automáticos pasan a figurar como servicio complementario, junto a la hostelería o el entretenimiento, y solo podrán instalarse si lo prevé la reglamentación específica de cada tipo de establecimiento. El texto distingue entre retirar dinero propio en un cajero y recibir financiación, que queda sujeta a las restricciones ya descritas.

El punto más discutido está en la asistencia financiera.

El anteproyecto contempla que pueda prestarse mediante dispositivos o terminales cuando el reglamento lo permita. El CES calificó esa posibilidad de «más dudosa» en su informe IP 6/26, aprobado el 17 de septiembre de 2026, y advirtió de que acceder a financiación sin abandonar el local podría aumentar el incentivo para seguir jugando.

El Consejo Consultivo critica la vía de tramitación

Es la segunda vez que el Ejecutivo de Fernández Mañueco modifica la Ley del Juego a través de la ley de acompañamiento presupuestario. En total, la norma de este ejercicio cambia 18 leyes no tributarias, entre ellas la Ley de Caza.

El Consejo Consultivo reprocha al Gobierno autonómico que regule el juego con un «goteo normativo» que «debilita la resistencia jurídica de la reforma». También considera «jurídicamente insuficiente» la justificación para prescindir de la exposición pública, porque resolver dudas interpretativas o mejorar la inspección no basta, a su juicio, para omitir la participación ciudadana.

El órgano señaló además que no se ha presentado ningún informe médico, social o epidemiológico de la Comisión del Juego y Apuestas «que demuestre un repunte alarmante del juego problemático en la región que obligue a legislar de forma exprés».

El texto aún debe completar su tramitación en las Cortes, y algunas medidas necesitarán después desarrollo reglamentario. Hasta que la ley se apruebe y se publique, los locales de la comunidad siguen sujetos a la normativa vigente.

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