Autorización Singular DGOJ: definición y marco legal
La Autorización Singular es el permiso que la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) otorga, al amparo del artículo 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, para la organización de actividades de juego de carácter ocasional en España. Se diferencia de la licencia general, que habilita la explotación continuada de un tipo de juego, y de la licencia singular del artículo 11, vinculada a una modalidad concreta dentro de una licencia general vigente. Para los jugadores en España, comprender esta figura ayuda a distinguir eventos puntuales autorizados de la oferta regular de operadores licenciados. En las siguientes secciones explicamos su base normativa, sus diferencias frente a otras licencias y qué debe verificar un jugador antes de participar.

Marco Regulatorio de la Autorización Singular
La Autorización Singular se regula en el artículo 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, que habilita a la DGOJ a autorizar actividades de juego de carácter ocasional cuando no se ajustan al esquema de licencias generales o singulares del artículo 11. Este mecanismo permite al regulador evaluar caso por caso propuestas que, por su naturaleza puntual o experimental, no encajan en el marco continuado de explotación habitual. A diferencia de la licencia general —vigente por diez años y renovable— o de la licencia singular del artículo 11 —con una duración mínima de un año y máxima de cinco—, la Autorización Singular responde a un evento o proyecto concreto y delimitado en el tiempo. La DGOJ exige, en todo caso, que el solicitante acredite solvencia económica, sistemas de generación de números aleatorios (RNG) certificados y protocolos de prevención de fraude y blanqueo de capitales antes de conceder el permiso. Este enfoque refuerza la supervisión estatal sobre iniciativas de juego no estandarizadas en el mercado español.
Diferencias con Otras Licencias de Juego
La principal diferencia frente a la licencia singular del artículo 11 radica en el alcance temporal y el vínculo con una licencia general: mientras esa licencia singular exige que el operador ya disponga de licencia general vigente y cubre una modalidad de juego de forma continuada durante uno a cinco años, la Autorización Singular atiende actividades puntuales de duración acotada. Los solicitantes deben demostrar además el cumplimiento de la normativa de juego responsable vigente en España, incluidos los límites de depósito y los mecanismos de autoexclusión del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ). Los operadores autorizados deben mantener cuentas segregadas de los fondos de los jugadores y remitir reportes periódicos a la DGOJ sobre el desarrollo de la actividad autorizada. Para el jugador, esto se traduce en una oferta más limitada en el tiempo, pero sometida a un nivel de supervisión regulatoria equivalente al de las licencias ordinarias.
Requisitos y Verificación para Jugadores
Los operadores que organizan actividades bajo Autorización Singular deben aplicar procedimientos de KYC (Know Your Customer), verificación de identidad y geolocalización IP para confirmar que el jugador se encuentra en territorio español. Antes de participar, conviene consultar el Registro General de Licencias disponible en la web de la DGOJ, donde figuran los operadores y actividades autorizadas de forma oficial. Esta verificación protege frente a plataformas no reguladas y reduce el riesgo de fraude o blanqueo de capitales asociado a esquemas de juego no supervisados. Aunque este tipo de autorización es menos frecuente que las licencias generales o singulares del artículo 11, su existencia refleja la capacidad del regulador español para adaptarse a propuestas de juego novedosas sin renunciar al control normativo.
| Tipo de Licencia | Alcance | Requisitos Clave | Duración Típica |
|---|---|---|---|
| Licencia General | Explotación continuada de un tipo de juego | Solvencia económica y RNG certificado | 10 años, renovable |
| Licencia Singular (art. 11) | Modalidad concreta bajo una licencia general | Auditorías técnicas y financieras | 1 a 5 años |
| Autorización Singular (art. 12) | Actividad de juego de carácter ocasional | Evaluación individualizada caso por caso | Duración acotada al evento |
| Autorización autonómica | Juego presencial en el territorio de una comunidad autónoma | Cumplimiento de normativa regional | Variable según comunidad |
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